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Ñîçäàí: 23.04.2020
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Abogado Extranjería Barcelona

Ïÿòíèöà, 05 Ôåâðàëÿ 2021 ã. 18:25 + â öèòàòíèê

Abogado Extranjería Barcelona

A menudo nos encontramos con muchas barreras burocráticas y complicaciones que sin duda, dificultan notoriamente todo este tipo de tramitaciones relacionadas con la Ley de extranjería y también inmigración, por lo que la necesidad de un abogado de extranjería en Barcelona es indispensable.

Disponemos de con experiencia contrastada para gestionar su regularización en España de forma veloz, eficaz y segura. Un buen asesoramiento es fundamental para lograr establecerse  y trabajar en España al lado de los suyos.

Algunos de los servicios más pedidos en Rodenas Abogados son:


  1. Tarjeta comunitaria: familiares de un ciudadano de la Unión Europea.

  2. Autorización de vivienda y trabajo por circunstancias excepcionales: violencia de género, arraigo laboral, por causas humanitarias, por cuenta ajena y por cuenta propia y arraigo social.

  3. Reagrupación familiar: para extranjeros de fuera la Unión Europea.

  4. Nacionalidad: por opción, por posesión de estado, por residencia.

  5. Renovación de la autorización de vivienda temporal y trabajo por cuenta extraña.

  6. Residencia de larga duración.

  7. Autorizaciones de residencia no rentable.

  8. Visa Golden

1.-Tarjeta comunitaria: familiares de un ciudadano de la Unión Europea

Tabla de contenido

Por ser cónyuge o pareja de hecho de un de España o bien comunitario, o bien un ascendente o descendiente, aun un familiar a cargo, siempre que podamos acreditarlo.

Con la tarjeta comunitaria tiene casi exactamente los mismos derechos que en un español: le da derecho a trabajar (a diferencia de la reagrupación familiar en la que a veces no te da derecho a trabajar). La tarjeta comunitaria temporal se entrega por un periodo de cinco años.

Con las últimas reformas se puede admitir a familiares, incluso sobrinos, si se acredita que ha acreditado que ha estado a su cargo durante los últimos años, por poner un ejemplo, con ENVIOS DE DINERO todos y cada uno de los meses.

También se puede por ejemplo: si un español TIENE UN HIJO con un extranjero, el hijo de España puede solicitar la tarjeta comunitaria a nombre de su padre extranjero, si se acreditan ENVIOS de dinero de la madre de España al padre extranjero.

Modelo de solicitud EX 19

Marcar en la casilla la opción tarjeta comunitaria y firmado por ambas partes.

Documento vínculo de parentesco


  • Apostillar o bien Legalizar el Certificado de matrimonio extranjero y posteriormente anotarlo en el Registro Civil del domicilio. Se suele llamar asimismo Proceso de Inscripción en el RC de España o bien Transcripción de certificación de extranjería. Ha de estar debidamente legalizado y/o apostillado y traducido.

  • En su defecto, certificado de nacimiento de los hijos para acreditar dicho vínculo.

  • Libro de familia.

  • Certificado de convivencia o Certificado de empadronamiento familiar.

Seguro médico público o privado del extranjero


  • El seguro privado acostumbra a costar 50 euros por mes (sin copagos y con total cobertura), para acreditar cualquier tipo de contingencia que se pudiera causar durante nuestro tiempo de residencia en España.

  • O Tarjeta de la Seguridad Social.

Acreditación de medios de tipo económico del ciudadano de España o comunitario


  • Si el de España tiene actividad por cuenta Ajena, aportar contrato, Declaración de la renta y afiliación a la Seguridad Social.

  • Si el de España es trabajador por cuenta Propia: toda la documentación que consideremos válida para acreditar esa disponibilidad de medios económicos: Certificado cuenta corriente, nóminas, ingresos de alquileres, certificados de pensiones, títulos de propiedad.

Acta de nacimiento del cónyuge de España.

Fotocopia del D.N.I español.

Una vez que esté toda la documentación reunida nosotros les acompañamos a pedir cita previa en las Oficinas de extranjería de Barna.

2.- Autorización de vivienda y trabajo por circunstancias excepcionales

Violencia de género


  • Haber denunciado, un orden de protección o uniforme del ministerio fiscal.

  • Modelo EX10.

  • Copia del pasaporte.

  • Todo documento público extranjero debe ser legalizado en el país de origen o bien Ministerio de temas exteriores, salvo que se haya apostillado en el país transmisor si pertenece al Acuerdo de la Haya.

  • Autorización temporal de vivienda y trabajo.

  • Presentar en el instante de la huella pasaporte y Petición tarjeta de identidad de extranjero EX17,

  • Tasa de la tarjeta, mas 3 fotografías

  • En el plazo de 1 mes desde la concesión de la vivienda debe pedir la tarjeta

Arraigo laboral


  • Haber permanecido en España durante 2 años (sin salir más de noventa días en los dos años). Documentación acreditativa permanencia en España

  • Relaciones laborales no inferior a seis meses.

  • IMPRESO EX-10.

  • Antecedentes penales durante los últimos 5 años anteriores a la entrada en España

  • En el plazo de 1 mes desde la concesión de la vivienda debe solicitar la tarjeta.

Arraigo social


  • Haber continuado en España 3 años (ausencias menos de 120 días).

  • Pasaporte completo actual.

  • Tener una OFERTA DE TRABAJO por tiempo indefinido o bien de duración mínima de 1 año: el empleador deberá acreditar medios económicos suficientes. Si es persona física, la Declaración, si es persona jurídica Impuesto de sociedades del año precedente. En el caso de sociedad, resulta conveniente también la declaración de IVA e IRPF.

  • Poner una “Cláusula en el contrato” en que afirme que solo entrará trabajar cuando tenga autorizada la residencia.

  • Empadronamiento histórico: en el caso de que tenga Padrón en múltiples ciudades hacer un Escrito al Municipio de cada una de las ciudades. Los empadronamientos se renuevan cada dos años.

  • Informe de Arraigo Social. El costo de la tasa es de treinta con sesenta euros.

  • Tendrá que realizar un Curso de “Conoce las leyes”: precio incluido en la tasa y de duración de 1 día intensivo.

  • Se le dará Cita con la trabajadora social que le solicitará contrato de trabajo y los documentos para acreditar su permanencia continuada (facturas médicas de todos los años, por servirnos de un ejemplo).

  • Tener vínculos familiares, integración laboral y sociocultural (cursos de español, informática, aprender leyes y constitución, carné de conducir, cualquier curso de capacitación, CONSULTA MÉDICA EN LA SANIDA PUBLICA, ASÍ COMO CUALQUIER DOCUMENTACION MUNICIPAL, LOCAL O ESTATAL).

  • Carecer de antecedentes penales en los últimos 5 años de entrada en España)

  • Empadronamiento actual.

  • Contar con contrato de trabajo para un periodo no inferior a un año (cien por ciento IPREM si no hay familiares a cargo).

  • Acreditar medios de tipo económico suficientes (declaración de IRPF, Impuesto sobre el Valor Añadido o bien IS), Informe vida laboral..

  • Tasa modelo setecientos noventa. En el plazo de un mes va a deber formalizarse el alta en la SS en la compañía que hizo oferta de empleo. Solicitar TIE (modelo ex17)

  • Rellanar el Modelo EX-10.

Por causas humanitarias


  • Ser víctima delitos del trescientos once a 315 y quinientos once y 512 contra los derechos de los trabajadores.

  • Victima por motivos racistas, ideología o religión.

  • Certificados con antecedentes penales los últimos 5 años.

  • Tasa 790.

  • En el plazo de un mes de la concesión de la autorización deberá pedir la tarjeta de residencia de extranjero (eEX-17). Y presentar en el trámite de huellas. MODELO EX-10.

Por cuenta ajena


  • Contrato de trabajo firmado: para lograr la residencia por trabajo por cuenta ajena te tienen que hacer una OFERTA DESDE EL EXTRANJERO.

  • Modelo EX- 12.

  • INDICAR EMPRESA CIF, sociedad anónima o S.L.

  • Garantía de solvencia (IRPF, IVA, IS o bien informe de vida laboral de la compañía (VILE)). Si el empleador es una persona física deberá acreditar el 100 por ciento del IPREM. abogados expertos en inmigración

  • Contrato laboral vigente, nuevo contrato laboral o bien acreditar haber trabajado durante los últimos seis meses o bien 3 meses si se interrumpió por causas ajenas al trabajador.

  • Alta en la seguridad social cuando menos nueve meses de 12.

  • Modelo setecientos noventa.

  • Impreso de solicitud modelo EX 03.

  • Informe de integración de la Comunidad autónoma.

  • Prestación contributiva.

  • Trámite de huella.

Por cuenta propia


  • Documentación que acredite la capacitación, licencias para realizar la actividad.

  • Acreditación inversión mínima.

  • Valoración emitido por Federación Nacional de asociaciones de empresarios y trabajadores autónomos (ATA).

  • Unión de profesionales y trabajadores autónomos (UPTA).

  • Confederación intersectorial de autónomos del estado español (CIAE).

  • Organización de profesionales autónomos (OPA).

  • Unión de asociaciones de autónomos y emprendedores (UATE).

3.- Reagrupación familiar


  • No ser ciudadano de la Unión Europea (a diferencia de la tarjeta comunitaria).

  • Modelo EX02.

  • Carecer de antecedentes

  • Abonar tasa.

  • Medios económicos suficientes (150 por ciento del IPREM, copia del contrato de trabajo, declaración IVA, IRPF o IS, copia del NIF de la compañía).

  • Disponer vivienda adecuada. Se puede reagrupar a cónyuge o bien con quien sostenga una relación de afectividad análoga?, hijos del reagrupante y del cónyuge, y ascendiente s en primer grado.

  • Copia del pasaporte del reagrupado

  • Libro de familia

  • Seguro médico.

  • Certificado antecedentes penales a los mayores de edad en los últimos 5 años.

  • TIE (modelo EX17)

  • Justificante abono tasas y 3 fotografías.

  • Haber residido el reagrupante cuando menos un año en España.

4.- Nacionalidad

Nacionalidad por opción


  • Todos los extranjeros que han nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o bien abuela que han sido españoles de origen, pueden solicitar la nacionalidad española con un año de vivienda legal:

  • Sujetos a la patria potestad de un español (existe esta variante en arraigo social, con hijo menor hijo de comunitario), padre o bien madre hubiera sido de España y hubiera nacido en España.

  • Se pide en el Registro Civil del interesado.

  • Se extingue a los dos años de cumplir la mayoría de edad. No obstante, y en razón del artículo 20.3 del Código Civil, quedan exentos a dicha caducidad las personas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España.

  • Documentación: Identificación del solicitante y de los progenitores (documento de identidad, Pasaporte, etcétera)

  • Certificado de empadronamiento.

  • Certificado o bien partida de nacimiento del solicitante extranjero con el sello de la Apostilla de la Haya o bien Legalización ante el Consulado español

  • Y certificado o bien partida de nacimiento español de los padres: Registro Civil en España (padre o bien madre originariamente español) o bien Registro Civil o Central o bien Consular (padre o bien madre nacionalizados español)

  • Autorización notarial de los padres en caso de no estar presente en el instante de presentar la petición.

Nacionalidad por posesión de estado


  • Si ha residido legalmente en España durante diez años y de forma continuada, es decir con una autorización de vivienda tendrá derecho a adquirir la nacionalidad de España.

El tiempo exigido será menor si te hallas dentro de estos requisitos:


  1. Todas aquellas personas que han NACIDO EN ESPAÑA pueden pedir la nacionalidad de España al cumplir un año de vivienda.

  2. Los extranjeros CASADOS CON UN ESPAÑOL, siempre que no estén separados de hecho o bien legalmente, pueden solicitar la nacionalidad de España cumplido un año de residencia legal y continuada.

  3. Los REFUGIADOS POLÍTICOS o bien aquellos que han obtenido asilo, pueden solicitar la nacionalidad de España habiendo residido legalmente y de forma continuada durante cinco años.

Si es usted natural de algún país latinoamericano, Andorra, Filipinas, G. Ecuatorial, Portugal o bien Sefardíes, tendrá que tener un par de años de vivienda legal en España para solicitar la nacionalidad española.

Requisitos para conseguir la nacionalidad


  •  Por lo menos 10 años de vivienda legal en España, salvo asilados que son cinco años y dos años para ciudadanos iberoamericanos (lengua oficial de España y portugués) y artículo veintidos de CC (1 año quien haya nacido en territorio español).

  • Modelo de solicitud normalizado.

  • Tarjeta de identidad de extranjero.

  • Pasaporte completo (todas las hojas).

  • Certificación de nacimiento del cónyuge de España.

  • Certificado de matrimonio legalizado traducido y apostillado.

  • Certificación de antecedentes penales de su país de origen traducido y legalizado para acreditar la buena conducta cívica( si no va a haber que anularlos).

  • Justificante pago de la tasa.

  • Certificado de empadronamiento.

  • Diplomas del Instituto cervantes (CCSE coste 85 euros y dele, las inscripciones se hacen on-line y DELE en el Instituto Cervantes ciento cuarenta y dos euros). Tasa ciento uno euros. Estas dispensado de hacer estos exámenes los que posean la Educación secundaria obligatoria, los que tengan dificultad de aprendizaje r y los que no sepan ni leer ni escribir).

  • Empadronamiento conjunto para acreditar al convivencia con el ciudadano español.

  • No pasar bastante tiempo fuera de España(no + de 3 meses), y si no justificarlo.

Nacionalidad española por Residencia (plazo reducido por matrimonio con español)

Los extranjeros casados con un nacional español van a poder pedir la nacionalidad de España por matrimonio tras un año de residencia legal en España.

La vivienda debe ser de forma legal, continuada y también de forma inmediata anterior a la solicitud, que va a deber presentarse en el Registro Civil de su domicilio en España.

* Los 2 procedimientos anteriores son igualmente válidos, hay siempre y en toda circunstancia que aportar el Certificado literal del matrimonio a los efectos de acreditar el estado civil.

Matrimonio con un extranjero irregular

Condiciones y requisitos:


  • Para que este matrimonio se considere válido y legal es indispensable que, al menos, uno de los contrayentes tenga domicilio en España. Esto es, que tenga un certificado de empadronamiento en algún ayuntamiento del Estado.

  • Ambos contrayentes van a deber pasar por una Audiencia Reservada separadamente. Esta audiencia, o bien entrevista personal, la hará un Instructor asignado por la Dirección General de los Registros y del Notariado. La meta es asegurarse que no existe ningún obstáculo ni impedimento legal para la celebración de la boda. Asimismo se comprobará que ambos miembros están en plena capacidad de asumir un compromiso matrimonial.

  • El matrimonio va a ser válido siempre y cuando se celebre ante un juez, regidor o funcionario habilitado por el Código Civil o ante cualquier Notario de España elegido por los cónyuges.

5.- Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena


  • Es necesario un contrato laboral vigente, nuevo contrato laboral o acreditar haber trabajado a lo largo de los últimos seis meses o 3 meses si se interrumpió por causas extrañas al trabajador.

  • Alta en la seguridad social por lo menos nueve meses de 12.

  • Modelo setecientos noventa.

  • Impreso de petición modelo EX – tres.

  • Informe de integración de la Comunidad Autónoma.

  • Prestación contributiva.

  • Trámite de huella.

¿Que otros trámites de extranjería efectuamos en Barna?

Representación frente a los Tribunales

A diferencia de muchos aconsejes o gestores que ofrecen servicios de extranjería, somos abogados expertos en el área de Extranjería, nacionalidad y e Inmigración, con más de 15 años en el ámbito.

Por lo tanto, tenemos el conocimiento y la experiencia suficiente para solucionar todo género de temas con solvencia:


  • Representación de sus intereses ante todos los órganos de la administración pública, juzgados y tribunales de Barna y el resto de España en caso de encontrarse de forma irregular en España.

  • Intervención eficaz en las diferentes situaciones de expulsión directa del territorio español en las que pueda encontrarse el cliente del servicio en cuestión.

  • Recursos de extranjería: denegación de nacionalidad, decretos de expulsión, rechazados en frontera, recursos contra denegación de visados.

  • Presentación de cartas de convidación.

  • Obtención de NIE.

  • Solicitudes de Asilo y refugio con abundantes casos de éxito.

  • Presentación de cartas de convidación.

Trámites relacionados con la Ley de emprendedores


  • Obtención de permisos de residencia y de trabajo para ciudadanos inversores.

  • Emprendedores.

  • Trabajadores enormemente cualificados, contratos, entre otros muchos.

  • Obtención de Golden Visa para grandes inversores.

  • Movimiento intraempresariales de trabajadores, trabajamos directamente con empresas, por el hecho de que su éxito es nuestro éxito, pruébenos.


 

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